Renuncia de asignaturas

Fuera de los plazos indicados para hacer modificaciones de matrícula, si el o la estudiante no desea cursar alguna asignatura, puede renunciar.

Sin embargo, no se puede renunciar a las asignaturas de formación básica y obligatorias matriculadas que correspondan a cursos inferiores.

La decana resuelve las solicitudes. Contra la su resolución se puede interponer recurso de alzada ante el rector en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la notificación.

MUY IMPORTANTE: la renuncia no da derecho a la devolución del importe abonado, pero no computa al efecto económico de recargo para los siguientes cursos.